# # Analitica
Los ciudadanos en general, las personas naturales o jurídicas, los contribuyentes o las entidades públicas y privadas pueden radicar comunicaciones en las ventanillas de radicación de correspondencia relacionadas con solicitudes, peticiones, quejas, reclamos o felicitaciones que sean competencia de la Secretaría Distrital de Hacienda (SDH), sobre impuestos, cobro tributario y no tributario, presupuesto, contabilidad, tesorería, crédito público, estudios fiscales, etc., a fin de obtener respuesta de la SDH.
Horarios de atención:
Sede CAD: lunes a viernes de 7:00 a. m. a 5:30 p. m. y sábados de 8:00 a. m. a 12:00 m.
Condiciones para la atención y radicación:
Es importante que la carta o el oficio esté dirigido a la Secretaría Distrital de Hacienda de Bogotá, preferiblemente con el asunto, nombre y cargo del funcionario, y que estén foliados el remisorio y los anexos o soportes que se requieran para su trámite; con la firma del remitente y los datos de identificación para la respuesta, como nombre, cédula de ciudadanía o NIT, dirección, teléfono y correo electrónico.
Puedes elevar peticiones, quejas, reclamos, sugerencias o denuncias a través de los buzones de sugerencias ubicados en los SuperCADES, en la zona asignada a la Secretaría Distrital de Hacienda o en la entrada del edificio CAD, torres A y B, costados oriental y occidental, y en la Oficina de Correspondencia, torre A, piso 1, costado occidental.
En los sitios donde están ubicados los buzones, encontrarás formatos para elevar tus peticiones; no obstante, si no deseas utilizarlos, puedes hacerlo en el formato que quieras, de manera escrita, pero recomendamos relacionar de forma detallada los hechos específicos que forman parte de la solicitud, los datos de contacto y/o de notificación.
Horarios de atención:
SuperCADE CAD, SuperCADE Suba y SuperCADE 20 de Julio. Lunes a viernes de 7:00 a. m. a 5:30 p. m. y sábados de 8:00 a. m. a 12:00 m
Condiciones para la atención:
Al elevar la petición, sugerimos tener en cuenta que la misma debe contener, por lo menos, lo siguiente:
Para el caso de peticiones referentes a la información de los tributos que administra la Dirrección de Impuestos de Bogotá, es necesario tener en cuenta que dicha información tiene reserva, de acuerdo con lo establecido en el artículo 18 del Decreto 807 de 1993 y en el Estatuto Tributario.