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Secretaría Distrital de Hacienda República de Colombia

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Preguntas Frecuentes

No estoy de acuerdo con los valores incluidos en el recibo de pago ¿qué debo hacer?

Categoría:: Impuesto Predial

Los contribuyentes de impuesto predial unificado y de vehículos que se encuentren en desacuerdo con los valores emitidos en la factura de la vigencia respectiva (año en curso), podrán cumplir con su obligación tributaria a través del sistema declarativo incluyendo los valores que consideren, siempre y cuando esto ocurra antes de la fecha de vencimiento.
Para acceder al sistema declarativo deberá ingresar a la Oficina Virtual dispuesta en la página web www.haciendabogota.gov.co/shd/

Tenga en cuenta, que, en el sistema declarativo, se debe contemplar el principio de autodeterminación, que opera desde la expedición del Decreto Ley 1421 de 1993; lo cual implica que el contribuyente puede determinar su obligación tributaria, liquidando el impuesto según la normativa vigente y las características jurídicas, físicas y económicas a primero de enero de cada año. Se precisa, que la Administración Tributaría Distrital se reserva la facultad de revisión de las declaraciones presentadas por los contribuyentes, conforme a lo establecido en el artículo 80 del Decreto 807 de 1993, sin perjuicio del derecho que asiste al contribuyente para subsanar omisiones, allegar pruebas y formular las objeciones que considere pertinentes.

Ahora bien, si su desacuerdo se refiere sobre una factura vencida, un recibo con ocasión a un proceso oficial con la Administración o a una declaración sin pago presentada con anterioridad y cuenta con los soportes correspondientes, se deberá evaluar la aplicabilidad de una posible modificación de la factura, interponer el recurso que corresponda o corregir las declaraciones presentadas con anterioridad siempre y cuando se encuentre en termino para ello. Por lo anterior, lo invitamos a recibir orientación personalizada a través de los canales dispuestos por la Administración Tributaria Distrital; para más información consulte https://antiguoportal.shd.gov.co/shd/atencion-ciudadania

 

 

Miércoles, Septiembre 14, 2022 - 16:45
Enlace:
https://www.shd.gov.co/shd/predial-valor-recibo-de-pago

No soy el obligado al pago del impuesto ¿qué debo hacer?

Categoría:: Impuesto Predial

Si reporta una deuda de impuesto a su nombre que no le corresponde, en primer lugar, debe solicitar la actualización de la información tributaria, validar sí el origen de la deuda corresponde a una factura vencida o un proceso oficial con la Administración, casos en los cuales se deberá evaluar la aplicabilidad de una posible anulación de la factura o de interponer el recurso en sede administrativa.

Por lo anterior, lo invitamos a recibir orientación personalizada a través de los distintos canales dispuestos por la Administración Tributaria Distrital https://antiguoportal.shd.gov.co/shd/atencion-ciudadania

 

Miércoles, Septiembre 14, 2022 - 16:45
Enlace:
https://www.shd.gov.co/shd/predial-sujeto-no-obligado

¿Cuándo se ordenan medidas cautelares?

Categoría:: Impuesto Predial

Cuando los contribuyentes presentan mora y no realizan el pago de sus obligaciones o suscriben una facilidad de pago, la administración distrital podrá ordenar en cualquier momento medidas preventivas para el embargo y secuestro de los bienes muebles (activos financieros, vehículos, entre otros) e inmuebles (casas, apartamentos, locales, entre otros, para garantizar el pago y evitar la insolvencia de los deudores.

Miércoles, Septiembre 14, 2022 - 16:30
Enlace:
https://www.shd.gov.co/shd/impuestos-medidas-cautelares

¿Por qué me notificaron de un mandamiento de pago?

Categoría:: Impuesto Predial

Porque existe una deuda en mora, causada por una factura vencida pendiente de pago, por tener un proceso oficial con la Administración o por declarar y no pagar la totalidad de las obligaciones tributarias.

Miércoles, Septiembre 14, 2022 - 16:15
Enlace:
https://www.shd.gov.co/shd/predial-mandamiento-de-pago

¿Cuándo prescriben las obligaciones tributarias en mora?

Categoría:: Impuesto Predial

Las obligaciones tributarias que se encuentran en mora prescriben en el término de 5 años, contados a partir de:
- La fecha de vencimiento del término para declarar, para las declaraciones presentadas oportunamente.
- La fecha de vencimiento para las facturas emitidas por la Administración Tributaria Distrital.
- La fecha de presentación de las declaraciones presentadas en forma extemporánea.
- La fecha de ejecutoria del respectivo acto oficial o proceso emitido por la Administración.

Tenga en cuenta que el término de la prescripción de la acción de cobro se interrumpe por la notificación de un mandamiento de pago o por el otorgamiento de facilidades para el pago, caso en el cual, el término empezará a correr de nuevo desde el día siguiente a la notificación del mandamiento o de la resolución que concede una facilidad de pago.

Miércoles, Septiembre 14, 2022 - 15:30
Enlace:
https://www.shd.gov.co/shd/prescripcion-obligaciones-tributarias

¿Cómo se calculan lo intereses?

Categoría:: Impuesto Predial

Cuando los contribuyentes no realizan el pago de sus impuestos dentro de las fechas establecidas, la ley autoriza a la administración el cobro de intereses moratorios, equivalentes a la tasa de usura vigente determinada por la Superintendencia Financiera de Colombia para las modalidades de crédito de consumo, menos dos (02) puntos.

Miércoles, Septiembre 14, 2022 - 15:15
Enlace:
https://www.shd.gov.co/shd/como-calcular-interes

¿Qué es un Recibo Oficial de Pago - ROP y cuándo se genera?

Categoría:: Impuesto Predial

Un Recibo Oficial de Pago - ROP, es un formulario que permite realizar el pago de obligaciones tributarias pendientes con ocasión de una factura vencida pendiente de pago, o por estar en curso un proceso de cobro coactivo con la Administración Distrital o por declarar y no pagar la totalidad de las obligaciones tributarias.

Miércoles, Septiembre 14, 2022 - 15:15
Enlace:
https://www.shd.gov.co/shd/predial-recibo-oficial-de-pago

¿Cómo puedo determinar si la Secretaría Distrital de Hacienda emitió factura?

Categoría:: Impuesto Predial

Para verificar si la Administración Tributaria emitió factura del impuesto predial unificado o el impuesto de vehículos para una vigencia determinada, deberá registrarse en la nueva Oficina Virtual dispuesta en el Portal web de la Entidad https://nuevaoficinavirtual.shd.gov.co/bogota/es/register. Una vez inicie su sesión en la Oficina Virtual, deberá dirigirse a la opción consultas - estado de cuenta, en éste deberá validar que el año que quiera consultar tenga asociada la palabra “facturación” en la columna correspondiente a “clase de documento”, caso en el cual podrá confirmar la emisión de la factura para un año determinado.

Igualmente, tenga en cuenta que en https://antiguoportal.shd.gov.co/shd/notificaciones-tributarias podrá consultar el documento que contiene la relación de los CHIPS (Código catastral) de los predios y placas de los vehículos, respecto de los cuales se emite la facturación.

Miércoles, Septiembre 14, 2022 - 14:45
Enlace:
https://www.shd.gov.co/shd/como-saber-si-tengo-factura

¿Por qué la Secretaría Distrital de Hacienda no generó factura?

Categoría:: Impuesto Predial

Cuando la Administración Tributaria Distrital carece de información para determinar el responsable tributario, así como factores determinantes para el cálculo del impuesto, entre otros, el contribuyente deberá cumplir con su obligación tributaria a través del sistema declarativo, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 474 del 2016.

Igualmente, procederá el esquema de declaración tributaria cuando:

- No esté de acuerdo con la factura.
- Se opte por el Sistema de Pago Alternativo por Cuotas Voluntario (SPAC).
- Requiera presentar declaración sin pago.
- Por razones ajenas a la gobernabilidad de la Dirección de Impuestos de Bogotá.
- Cuando sea exento.
- Si solicitó revisión de avalúo de la vigencia fiscal en curso ante la Catastro Distrital.
- A quienes a primero de enero de cada año no se les haya fijado avalúo catastral.

Miércoles, Septiembre 14, 2022 - 15:00
Enlace:
https://www.shd.gov.co/shd/predial-sin-factura-casos

¿Cómo pago el impuesto de mi predio que está sin desenglobar?

Categoría:: Impuesto Predial

Si su predio no se encuentra desenglobado catastralmente, es decir, carece de avalúo catastral, pero a primero de enero ya tiene asignada una matrícula inmobiliaria independiente, y se encuentra registrado en la Oficina de Registro e instrumentos Públicos, significa que sí se causa una obligación tributaria sobre su nuevo predio, como consecuencia, debe pagar el impuesto.  Consulte la información en la página de Predial
Consulte el instructivo para declaración de predios que no han sido desenglobados.

Jueves, Septiembre 1, 2022 - 13:30
Enlace:
https://www.shd.gov.co/shd/predial-predios-sin-desenglobar

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Miércoles 3 de Julio del 2024