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Secretaría Distrital de Hacienda República de Colombia

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Corrección de errores e inconsistencias en declaraciones y recibos de pago

También se conoce como saneamiento tributario o saneamiento de una declaración tributaria.

Consiste en corregir la información contenida en las declaraciones y/o en los recibos oficiales de pago, que presenten errores de diligenciamiento por parte del contribuyente, en datos tales como errores u omisiones en el concepto del tributo que se cancela, año y/o período gravable, errores de documento de identificación, errores aritméticos, siempre y cuando la inconsistencia no afecte el valor o liquidación del impuesto declarado.

Requisitos para el trámite

1. Reunir los siguientes documentos y cumplir las condiciones:

  • Descargar y diligenciar el formulario de Solicitud de saneamiento de documentos tributarios - (versión en pdf)  o (versión en Excel)Para diligenciar este formato, debe tener la información del impuesto, e identificar el error o inconsistencia del documento tributario presentado.

  • Ciudadanos: anexar fotocopia de la cédula de ciudadanía por ambas caras. Si es extranjero: adjuntar fotocopia de la cédula de extranjería, o alguno de los siguientes documentos: pasaporte, carné consular o carné diplomático. 

  • En caso de instituciones u organizaciones, se requiere el documento de identidad del representante legal. 

  • Cuando la solicitud de saneamiento la presenta un apoderado es necesario presentar original del poder especial o mandato y copia del documento de identidad del apoderado.

2.  Radicar la solicitud en las ventanillas de correspondencia de la Secretaría de Hacienda Distrital ubicadas en los puntos de atención. Consulte sedes y horarios.
     Recuerde que puede radicar los documentos de manera virtual, a través del correo electrónico radicacionhaciendabogota@shd.gov.co

3. Como respuesta se obtiene  la declaración o recibo de pago corregida y modificación de la información en los registros de la institución, o la respuesta de la no procedencia de la corrección, en un tiempo máximo de 15 días hábiles.  

Canales de atención

Consulte aquí nuestros canales de atención, dispuestos por la Entidad.

Soporte jurídico

 

Ley 962 de 8 julio de 2005 ”Por la cual se dictan disposiciones sobre racionalización de trámites y procedimientos administrativos de los organismos y entidades del Estado y de los particulares que ejercen funciones públicas o prestan servicios públicos”.

Última actualización:: Miércoles, Mayo 17, 2023 - 16:12
Lunes 25 de Noviembre del 2024