# # Analitica
gov.co
Secretaría Distrital de Hacienda República de Colombia

Secretaría Distrital de Hacienda

República de Colombia

Noticias

Videos

Ejercicios Liquidación Impuesto Vehículos Automotores

Generalidades del Impuesto Vehículos Automotores

Ejercicios de liquidación Impuesto de Delineación Urbana Momento 2

Ejercicios de Liquidación Impuesto Predial página web

Exenciones del impuesto Predial en 2021 para colegios, jardines y UDS

Los predios de colegios, jardines infantiles y unidades de servicio de primera infancia (UDS) del ICBF, de propiedad de particulares, tendrán exenciones parciales del impuesto Predial en 2021, en porcentajes que oscilan del 30% al 80% según el estrato de población predominante que atienden.

1
2
3
4
5

Se encuentra usted aquí

Bogotá podrá ser más eficiente con la gestión de contribución de valorización

Comparte este artículo

Oct 22, 2010

La Administración busca fortalecer la confianza de los ciudadanos garantizando que los recursos generados por la contribución de valorización se administren con eficiencia y financien adecuadamente las obras que han sido priorizadas en instrumentos de planeación como el Plan de Desarrollo, el Plan de Ordenamiento Territorial y , los instrumentos que lo desarrollan.

La propuesta de modificación al Régimen Jurídico de la Valorización presentada por la Administración Distrital y debatida actualmente en el Concejo de la ciudad, ha sido construida con la intención de mejorar la eficiencia administrativa de las entidades encargadas del manejo del tributo y garantizar que la infraestructura pública responda al modelo de ciudad por medio de los objetivos de planeamiento fijados en el Plan de Desarrollo y en el Plan de Ordenamiento Territorial.

Así, la propuesta incluye una modificación de las entidades competentes de la administración y el recaudo del gravamen, que pretende garantizar que las funciones sean ejercidas por los entes que están capacitados para cumplirlos y que cuentan con la capacidad técnica para ejercerlas. Esto se traduce en un ahorro significativo en los gastos administrativos asociados a la construcción de las obras que termina por beneficiar a los contribuyentes.

De ser aprobado por el Concejo, el nuevo Régimen Jurídico asignará a la Secretaría de Hacienda la obligación de recaudar y administrar la contribución, con el objetivo de aprovechar la especialidad y la experiencia de la entidad en la gestión de los tributos distritales. Las tareas relacionadas con el cálculo y distribución de la valorización, esto es, con el ejercicio técnico que revisa los predios beneficiados por la obra, serán en adelante ejercidas por Catastro Distrital, que usará como insumo fundamental la base catastral. Ello le permitirá a la ciudad usar información completa y actualizada sobre la realidad predial de Bogotá y ahorrar esfuerzos administrativos relacionados con el reconocimiento predial. La propuesta incluye adicionalmente una participación activa de la Secretaría Distrital de Planeación, quien en adelante deberá verificar que los planes de obras respondan a las necesidades de la ciudad y a los objetivos de desarrollo urbano.

El proyecto de Acuerdo presentado propone adicionalmente una simplificación en la metodología utilizada para determinar el monto a pagar por cada ciudadano, que ofrece un tratamiento homogéneo de todos los tributos a la propiedad raíz, construido a partir de una estandarización de la base del cálculo. Hoy en día, el cobro de la contribución de Valorización incorpora variables como el estrato, el número de pisos, el uso del inmueble y la distancia entre otros. La propuesta es que únicamente se tenga en cuenta el avalúo del predio y la distancia a la obras.

La nueva metodología no sólo permitirá que la base entre el impuesto predial y la valorización –el avalúo del predio- sea la misma, sino que aprovecha las fortalezas administrativas del Distrito derivadas de la existencia de una base catastral actualizada y confiable. Se trata de una modificación de orden técnico que contribuirá paralelamente a hacer de la valorización un tributo transparente, que pueda ser aplicado de manera expedita y que responda a las necesidades de los ciudadanos.

Por otro lado, la propuesta pretende ser más equitativa en la asignación de la cuota de valorización y ajustada a la capacidad de pago de los bogotanos. Se incorpora un tope máximo de pago anual de los contribuyentes que depende del pago de predial y del avalúo catastral del predio, en un esquema que garantiza que el valor asignado anualmente a cada contribuyente responda al beneficio reportado por la construcción de las obras y a su capacidad contributiva.

Esta es una oportunidad trascendental para Bogotá. La modificación en las normas puede traducirse en cambios en la ciudad, generando progreso y bienestar para sus ciudadanos, y eficiencia para su Administración.  La contribución de valorización es una de las principales fuentes de financiamiento de la infraestructura urbana y este es el escenario para fortalecerla como instrumento capaz de ofrecerles a los bogotanos la infraestructura pública que el desarrollo de la ciudad requiere.

Última actualización:: Viernes, Enero 24, 2014 - 10:05
Jueves 4 de Julio del 2024