# # Analitica
Los predios de colegios, jardines infantiles y unidades de servicio de primera infancia (UDS) del ICBF, de propiedad de particulares, tendrán exenciones parciales del impuesto Predial en 2021, en porcentajes que oscilan del 30% al 80% según el estrato de población predominante que atienden.
Bogotá, D.C., 28 de enero de 2011. Los contribuyentes del impuesto predial unificado ya pueden realizar la respectiva liquidación de la vigencia 2011, ingresando al liquidador a través de la página www.haciendabogota.gov.co, en el vínculo Impuestos en línea. Allí podrán descargar el formulario listo para el pago en las entidades bancarias autorizadas o a través del Botón de Pago PSE.
Los plazos para el pago del impuesto, son los siguientes:
Plazo para el pago con descuento del 10 %
Sistema general: 6 de mayo
Sistema simplificado de Pago (SSP): 13 de mayo
Plazo para el pago sin descuento y sin sanción
Sistemas general y simplificado: 1 de julio
Es preciso aclarar que antes de hacer uso del aplicativo se debe eliminar las cookies o registros de información almacenada de su sistema, lo cual se puede hacer ingresando a Herramientas - Opciones de internet del respectivo explorador (Internet Explorer, Mozilla, Google Chrome, etc). Una vez hecho este procedimiento puede acceder al aplicativo para realizar la liquidación de su impuesto.
Los contribuyentes también pueden recibir orientación para la liquidación de su impuesto,
en los puntos de atención presencial ubicados en los SuperCades (20 de Julio, Américas,
Bosa, CAD, Calle 13, Suba) y CADES (Candelaria, Fontibón, Santa Lucía, Servitá, Usaquén).