# # Analitica
gov.co
Secretaría Distrital de Hacienda República de Colombia

Secretaría Distrital de Hacienda

República de Colombia

Noticias

Videos

Ejercicios Liquidación Impuesto Vehículos Automotores

Generalidades del Impuesto Vehículos Automotores

Ejercicios de liquidación Impuesto de Delineación Urbana Momento 2

Ejercicios de Liquidación Impuesto Predial página web

Exenciones del impuesto Predial en 2021 para colegios, jardines y UDS

Los predios de colegios, jardines infantiles y unidades de servicio de primera infancia (UDS) del ICBF, de propiedad de particulares, tendrán exenciones parciales del impuesto Predial en 2021, en porcentajes que oscilan del 30% al 80% según el estrato de población predominante que atienden.

1
2
3
4
5

Se encuentra usted aquí

Pequeños contribuyentes de Bogotá tienen dos semanas para declarar y pagar el impuesto de industria y comercio

Comparte este artículo

Feb 6, 2012

Todo está listo para que durante las próximas dos semanas, los pequeños comerciantes, industriales, prestadores de servicios y profesionales independientes, que realizan actividades en Bogotá y que pertenecen al régimen simplificado del impuesto de industria y comercio (ICA), liquiden y paguen el impuesto correspondiente al año 2011. Con este vencimiento se inicia en forma el calendario tributario de este año en Bogotá.

El secretario de Hacienda, Ricardo Bonilla González, informó que desde ya y hasta el próximo 17 de febrero, los contribuyentes podrán usar toda la red de servicios del Distrito para cumplir oportunamente con su obligación. Así mismo, recordó que este año, los formularios ya no se compran -como ocurría hasta el año pasado-, sino que se pueden obtener UNICAMENTE a través del sitio web www.haciendabogota.gov.co. Allí ya se encuentran disponibles las herramientas para liquidar y pagar de forma gratuita, el impuesto de industria y comercio (régimen simplificado).

En la sección impuestos en línea, los contribuyentes de ICA podrán saber cuál es el valor a pagar de una forma sencilla y segura. Lo único que deben hacer es digitar el valor de los ingresos obtenidos en 2011, seleccionar la actividad económica e ingresar sus datos básicos como nombre, cédula y dirección. El sistema generará el formulario listo para imprimir dos copias, firmar y pagar directamente en cualquiera de los bancos autorizados. Ricardo Bonilla instó a los ciudadanos a que no dejen para última hora el cumplimiento de su obligación y aprovechar las herramientas virtuales dispuestas en www.haciendabogota.gov.co.

Con la implementación de estos nuevos sistemas se busca facilitar los trámites y reducir los costos en que deben incurrir los ciudadanos para el cumplimiento sus obligaciones. Según el Secretario de Hacienda, “entre el formulario y el costo del transporte para conseguirlo cada pequeño contribuyente venía gastando aproximadamente $10.400 pesos, si se hace la cuenta para los 20.000 contribuyentes que anualmente deben realizar esta operación, se llega a un valor de unos $260 millones que gracias a este nuevo servicio, se ahorrarían los ciudadanos”. El año pasado cerca de 5 mil ciudadanos utilizaron esta herramienta electrónica.

¿Quiénes deben pagar el ICA?
Los contribuyentes que deben declarar y pagar el impuesto de industria y comercio del régimen simplificado son los propietarios de establecimientos como panaderías, droguerías, tiendas, talleres de servicios mecánicos, misceláneas, papelerías, cafés internet, restaurantes, salones de belleza y, en general, de lugares donde se realizan actividades económicas, así como técnicos y profesionales de todas las ramas que ejercen de forma independiente en Bogotá.

Estos contribuyentes además deben cumplir las siguientes características: tener máximo un establecimiento; haber obtenido ingresos brutos totales en 2011 de entre $42.848.000 y $100.528.000; no haber celebrado contratos superiores a $82.936.000 y cuyo monto de sus consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras no hayan superado los $113.094.000. Los contribuyentes con ingresos netos inferiores a $42.848.000 no tienen que presentar declaración ni pagar impuesto.

Información y capacitación a contribuyentes
Los contribuyentes que tengan dudas o deseen saber si están obligados a realizar su declaración, pueden comunicarse con la línea 195, o ingresar al sitio web www.haciendabogota.gov.co para obtener información detallada.

Las personas que deseen capacitación sobre el uso de las herramientas virtuales pueden inscribirse enviando sus datos de contacto (nombre, cédula  y teléfono) al correo electrónico opiniontributaria@shd.gov.co, para que la Secretaría de Hacienda, a través de su Dirección Distrital de Impuestos, los programe y capacite.

Sanciones a quienes no cumplan
Pasado el 17 de febrero, los contribuyentes que no hayan cumplido con su obligación deberán pagar, además de su impuesto, la sanción que como mínimo será de $151.000, así como los intereses de mora correspondientes.

Es por esto que el Secretario de Hacienda invitó a los propietarios de estos negocios y a los profesionales independientes, a cumplir desde ya con su obligación.

Última actualización:: Miércoles, Enero 22, 2014 - 16:27
Domingo 24 de Noviembre del 2024