# # Analitica
Los predios de colegios, jardines infantiles y unidades de servicio de primera infancia (UDS) del ICBF, de propiedad de particulares, tendrán exenciones parciales del impuesto Predial en 2021, en porcentajes que oscilan del 30% al 80% según el estrato de población predominante que atienden.
El formulario para pagar el impuesto de industria y comercio (ICA) - régimen simplificado, cuyo plazo vence el próximo martes 19 de febrero, SOLO se puede obtener descargándolo de forma gratuita en www.haciendabogota.gov.co. Así lo recordó el secretario de Hacienda, Ricardo Bonilla González, quien alertó nuevamente a los contribuyentes para que no acudan a intermediarios para hacer el trámite de sus impuestos.
El funcionario indicó que todos los puntos de servicio de la Secretaría de Hacienda, en Cades y SuperCades, así como la línea 195 y el sitio oficial en internet, están dispuestos para atender las inquietudes de los contribuyentes sobre el ICA régimen simplificado.
El procedimiento para obtener el formulario es muy sencillo: basta con entrar a www.haciendabogota.gov.co, sección Impuestos en línea, ingresar los datos de su actividad económica, generar el formulario e imprimir dos copias para pagar directamente en los bancos autorizados, cuya lista, se encuentra en el mismo sitio web.
Bonilla González espera que entre 17 mil y 20 mil contribuyentes se acerquen hasta el próximo martes 19 de febrero a declarar y pagar su impuesto. Así mismo, recordó que después de esta fecha, quienes no cumplan con la obligación tributaria incurrirán en una sanción mínima de $157.000, más intereses de mora, y el valor de su impuesto.
Como se recuerda, entre los negocios que deben declarar y pagar el ICA-régimen simplificado están las tiendas, cafés, licorerías, droguerías, montallantas, veterinarias, lavanderías, peluquerías, zapaterías, lavaderos de autos, panaderías y todos los pequeños comerciantes, industriales, prestadores de servicios y profesionales independientes, que realizan actividades en Bogotá.
Dichos establecimientos deben haber obtenido ingresos brutos totales en 2012 que oscilen entre $45.336.000 y $104.196.000, no haber celebrado contratos superiores a $85.962.000 y no haber superado $117.220.000 en el monto de sus consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras. “Los contribuyentes con ingresos netos inferiores a $45.336.000 no tienen que presentar declaración ni pagar impuesto”, aclaró Bonilla González.
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