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Secretaría Distrital de Hacienda República de Colombia

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Condiciones de uso autoliquidador vehículos años anteriores con datos del Ministerio de Transporte

Condiciones de uso autoliquidador vehículos años anteriores con datos del Ministerio de Transporte

1

La liquidación se generará con datos suministrados por el contribuyente. La información debe corresponder a la realidad física, económica y jurídica del vehículo a 1 de enero del año deseado.

2

Esta aplicación liquida únicamente declaraciones iniciales para pago total del impuesto. Las sanciones en intereses liquidados corresponden a obligaciones para las cuales no se han emitido Actos oficiales.

3

Se sugiere tener a la mano los siguientes documentos: Licencia de tránsito, Seguro obligatorio contra accidentes de tránsito SOAT y/o declaraciones de vigencias anteriores.

4

El avalúo asignado por el sistema corresponde al establecido por el Ministerio de Transporte.

5

Comuníquese con la Línea 195 para determinar si se han proferido Actos oficiales sobre la vigencia que desea liquidar. Nunca utilice esta herramienta en los casos en que se hayan proferido Actos Oficiales, pues los valores calculados no serán los correctos y se incurrirá en inexactitudes que ocasionaran sanciones o mayores costos para usted.

6

Verifique todos los datos antes de generar la versión para imprimir del formulario de autoliquidación.

7

El servicio de liquidación y descarga de formularios es gratuito y se presta sin perjuicio de las facultades de control fiscal. La Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá podrá realizar procesos de verificación en los casos en que encuentre irregularidades y se procederá a la apertura de procesos oficiales de liquidación, determinación, cobro o a los que haya lugar.

8

El pago se puede realizar en cualquiera de las sucursales bancarias autorizadas, o en línea  a través de la Oficina Virtual de la Secretaría Distrital de Hacienda.

 
Última actualización:: Martes, Abril 28, 2020 - 14:39
Domingo 22 de Diciembre del 2024