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Secretaría Distrital de Hacienda República de Colombia

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Condiciones de uso de autoliquidador vehículos años anteriores con datos suministrados por el contribuyente

Condiciones de uso del autoliquidador vehículos años anteriores con datos suministrados por el contribuyente

1

La liquidación se generará con datos suministrados por el contribuyente. La información debe corresponder a la realidad física, económica y jurídica del vehículo a 1 del año deseado.

2

Esta aplicación liquida declaraciones para pagos totales, parciales para acuerdos de pago aprobados y correcciones del impuesto.

3

Se sugiere tener a la mano los siguientes documentos: Licencia de tránsito, Seguro obligatorio contra accidentes de tránsito SOAT y/o declaraciones de vigencias anteriores.

4

El avalúo y la tarifa para calcular el impuesto deben ser suministradon por el contribuyente, en ningún caso este avalúo podrá ser inferior al establecido por el Ministerio de Transporte. Para el cálculo de sanciones e intereses utilice las ayudas disponibles o comuníquese con la Línea 195.

5

Comuníquese con la Línea 195 para determinar si se han proferido Actos oficiales sobre la vigencia que desea liquidar. Nunca utilice esta herramienta en los casos en que se hayan proferido Actos Oficiales, pues los valores calculados no serán los correctos y se incurrirá en inexactitudes que ocasionaran sanciones o mayores costos para usted.

6

Verifique todos los datos antes de generar la versión para imprimir del formulario de autoliquidación.

7

El servicio de liquidación y descarga de formularios es gratuito y se presta sin perjuicio de las facultades de control fiscal. La Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá podrá realizar procesos de verificación en los casos en que encuentre irregularidades y se procederá a la apertura de procesos oficiales de liquidación, determinación, cobro o a los que haya lugar.

8

El pago se puede realizar en cualquiera de las sucursales bancarias autorizadas, o en línea  a través de la Oficina Virtual de la Secretaría Distrital de Hacienda.

 
Última actualización:: Martes, Abril 28, 2020 - 15:01
Domingo 22 de Diciembre del 2024