# # Analitica
Los predios de colegios, jardines infantiles y unidades de servicio de primera infancia (UDS) del ICBF, de propiedad de particulares, tendrán exenciones parciales del impuesto Predial en 2021, en porcentajes que oscilan del 30% al 80% según el estrato de población predominante que atienden.
La Secretaría Distrital de Hacienda informa que el próximo 19 de mayo vence el plazo para declarar y pagar el impuesto de Industria y Comercio (ICA) correspondiente al segundo periodo de marzo-abril 2014. Si es contribuyente de Bogotá y pertenece al régimen común, descargue el formulario para la declaración y pago de este impuesto de manera segura y gratuita a través de la sección impuestos en línea, dispuesto en el sitio web www.haciendabogota.gov.co.
Desde esta herramienta virtual, los contribuyentes del ICA pueden obtener el formulario en formato PDF del cual deben imprimir dos copias. Una vez impresos, los formularios deben firmarse y presentarse por ventanilla en cualquiera de las 12 entidades bancarias autorizadas por la Secretaría Distrital de Hacienda. Quienes no cumplan con el pago del ICA tendrán una sanción equivalente a $164.000. En el caso de la retención del impuesto, la sanción será de $275.000.
Los contribuyentes que tengan dudas sobre el proceso de liquidación de la declaración del ICA pueden comunicarse a la línea 195, de lunes a viernes de 7 a.m. a 7 p.m.; al correo electrónico opiniontributaria@shd.gov.co; dirigirse a cualquiera de los supercades, entre las 7 a.m. y las 7 p.m., o a la Dirección Distrital de Impuestos, ubicada en la Avenida calle 17 No. 65B -95.
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