# # Analitica
Los predios de colegios, jardines infantiles y unidades de servicio de primera infancia (UDS) del ICBF, de propiedad de particulares, tendrán exenciones parciales del impuesto Predial en 2021, en porcentajes que oscilan del 30% al 80% según el estrato de población predominante que atienden.
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Si usted es contribuyente de Bogotá y pertenece al régimen común del impuesto de industria y comercio (ICA), recuerde que el lunes 19 de mayo es el plazo máximo para declarar y pagar el gravamen correspondiente al segundo periodo (marzo - abril) de 2014. Los formularios para la declaración y pago de este impuesto se pueden obtener, de manera segura, fácil y gratuita a través de los liquidadores dispuestos por la entidad en el sitio web www.haciendabogota.gov.co sección impuestos en línea. Mediante esta herramienta, los contribuyentes ingresan los datos de la empresa y los de la actividad económica. Hecho esto se generará el formulario en formato PDF que deben imprimir, firmar y presentar en cualquiera de los bancos autorizados para pagar. Los contribuyentes que no cumplan con el pago del impuesto ICA, que vence el próximo 19 de mayo, tendrán que pagar una sanción equivalente a 164.000 pesos. La Secretaría de Hacienda ha dispuesto de diversos canales de servicio para atender las inquietudes de la ciudadanía. Los interesados pueden comunicarse a la Línea 195, de lunes a viernes, entre las 7:00 a.m. y las 7:00 p.m.; al correo electrónico opiniontributaria@shd.gov.co, o acercarse a cualquiera de los supercades de 7:00 a.m. a 7:00 p.m.
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