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¿Los dineros retenidos en las cuentas bancarias, producto de los embargos practicados al deudor, pueden ser tomados como parte de pago de la cuota inicial para suscribir una Facilidad de Pago?

  • SI. Las sumas de dinero retenidas y constituidas en títulos de depósito judicial - TDJ serán tenidas en cuenta como fuente de pago de la(s) obligación(es) que tenga el deudor con la Secretaría Distrital de Hacienda.
  • Para el otorgamiento de una Facilidad de Pago, después de haberse decretado medidas cautelares, el deudor deberá cancelar un porcentaje % del total de la obligación, sumando capital, sanciones e intereses, % que deberá ser determinado por la oficina de cobro competente.

 

Español
Pregunta: 
¿Los dineros retenidos en las cuentas bancarias, producto de los embargos practicados al deudor, pueden ser tomados como parte de pago de la cuota inicial para suscribir una Facilidad de Pago?
Fecha: 
Viernes, Diciembre 31, 2021 - 10:30
categoria: 
Cobro
Ruta para redes sociales: 
https://www.shd.gov.co/shd/retencion_dineros_cuota_inicial_facilidad
Eje tematico: 
Última actualización:: Lunes, Mayo 9, 2022 - 11:16
Última actualización:: Lunes, Mayo 9, 2022 - 11:16

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Miércoles 27 de Noviembre del 2024