# # Analitica
En el impuesto de Delineación Urbana existen tres tarifas:
1. La que corresponde al anticipo o retención en la fuente, del 2,6%.
2. La que se liquida en la declaración final, con respecto a la diferencia entre el presupuesto y los costos ejecutados, es del 3%.
3. Para los actos de reconocimiento de la existencia de edificaciones en Bogotá, de soluciones exclusivamente habitacionales desarrolladas en los estratos 1 y 2, en el rango de vivienda VIS, la tarifa aplicable es del 1% y para actos de reconocimiento en los demás estratos para predios no residenciales, la tarifa es del 2,6%.
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