# # Analitica
Licencia urbanística: Autorización previa, expedida por curador urbano para adelantar obras en cumplimiento de las normas urbanísticas y de edificación adoptadas en el Plan de Ordenamiento Territorial.
Obra nueva: Obras de edificación en terrenos no construidos o demolidos.
Ampliación: Autorización para incrementar el área construida de una edificación existente, excluyendo azoteas y áreas sin cubrir o techar.
Adecuación: Autorización para adelantar las obras tendientes a adaptar una edificación o parte de ella para el desarrollo de otro uso, garantizando la permanencia del inmueble original.
Modificación: Autorización para variar el diseño arquitectónico o estructural de una edificación existente, sin incrementar su área construida. (Aumentar o disminuir el número de unidades o uso).
Cerramiento: Es la autorización para encerrar de manera permanente un predio de propiedad privada.
Reforzamiento estructural: Es la autorización para intervenir o reforzar la estructura de uno o varios inmuebles, con el objeto de acondicionarlos a niveles adecuados de seguridad sísmica.
Restauración: Es la autorización para adelantar las obras tendientes a recuperar y mantener una edificación declarada como bien de interés cultural.
Demolición: Autorización para derribar total o parcialmente una edificación y deberá concederse, simultáneamente con cualquier otra modalidad de licencia de construcción.
Todos los derechos reservados para la Secretaría de Hacienda Distrital. Prohibida su reproducción total o parcial, asi como cualquier traducción a cualquier idioma, sin autorización de su titular.