# # Analitica
Los predios de colegios, jardines infantiles y unidades de servicio de primera infancia (UDS) del ICBF, de propiedad de particulares, tendrán exenciones parciales del impuesto Predial en 2021, en porcentajes que oscilan del 30% al 80% según el estrato de población predominante que atienden.
La Administración Distrital a través de la Secretaría de Hacienda anunció el calendario tributario para la vigencia 2009 e invitó a los bogotanos a atender sus obligaciones en los plazos establecidos para la declaración y pago oportuno de los impuestos predial unificado, sobre vehículos automotores e industria y comercio ICA así:
La entidad también anunció que gracias a las modificaciones aprobadas en el Acuerdo Distrital 352 de 2008 -Optimización Tributaria-, los propietarios de predios objetos de la Actualización Catastral tendrán derecho a aplicar en su impuesto para la vigencia 2009 el Ajuste por Equidad Tributaria mediante el cual se protege la economía de los contribuyentes estableciendo topes de acuerdo a su capacidad de pago. Este ajuste operará como se muestra en el siguiente ejemplo:
Cálculo del impuesto 2009 para un predio actualizado estrato 3
Un predio residencial del estrato 3 con avalúo catastral para el año 2008 de $31 millones pago para esa vigencia por concepto de impuesto predial $128 mil; este predio es actualizado y se le define para la vigencia 2009 un avalúo catastral de $68.2 millones.
Según la normativa anterior, este predio tendría que pagar para la vigencia 2009 un impuesto de $256 mil, ya que éste puede aumentar hasta un 100%; gracias al Ajuste aprobado por el Concejo este predio tendrá un incremento máximo del 11%, por lo que su impuesto se reducirá a $140mil, presentando un aumento de $12 mil.
Es necesario aclarar, que para acceder a este ajuste los contribuyentes deberán realizar su declaración y el pago total del impuesto dentro de los plazos establecidos, de lo contrario se deberá pagar el valor total sin derecho a ajuste.
Finalmente, la Administración invitó a los contribuyentes a esperar los formularios sugeridos que serán enviados a sus domicilios (la segunda semana de marzo para el caso de vehículos y la segunda semana de abril para predial), y a hacer uso de las herramientas virtuales que se dispondrán a través de la página web www.haciendabogota.gov.co.
En los casos en que los ciudadanos requieran su declaración antes del envío que realizará la Secretaría de Hacienda, podrán acercarse a cualquiera de los puntos de atención presencial, donde los orientadores brindarán la información requerida por los ciudadanos.
Debido a labores de procesamiento de información y alineación de plataformas informáticas, durante el mes de enero, las declaraciones se entregarán de manera manual para que los contribuyentes las transcriban en un formulario comercializable y paguen su impuesto en cualquiera de los bancos autorizados. En estos casos y con el fin de evitar inconvenientes se solicita a todos los contribuyentes comprar los formularios únicamente en los puntos de venta autorizados, que se encuentran publicados en la página web de la entidad.
La entrega de declaraciones impresas en papel oficial se iniciará el 29 de enero de 2009.
Los ciudadanos que deseen mayor información sobre estos y otros temas, pueden ingresar a la página web www.haciendabogota.gov.co llamar a la línea de atención al ciudadano Bogotá 195 o acudir a cualquiera de los siguientes puntos de atención presencial:
* Supercade Bosa
Portal Bosa, sistema Transmilenio
Cll. 57 Q Sur 72 D 94
* Supercade CAD
Kra 30 No. 25- 90
* Supercade Calle 13
Cll. 13 No. 37-35
* Cade Fontibón
Cll. 165 No. 14-80
* Cade Santa Lucía
Avenida Caracas No. 42-00 Sur
* Supercade Américas
Portal de las Américas, Sistema Transmilenio
Avenida Cra. 86 No.43-55 Sur
* Supercade Bosa
Portal Bosa, sistema Transmilenio
* Cade Servitá
Dg. 16 No. 104-51
* Cade Usaquén
Av. Cra 7. No. 117-50
* Cade Candelaria
Cll. 59 Sur No. 38-05 A