# # Analitica
Una vez la lista de elegibles ha cobrado firmeza, esto es dentro de los 5 días hábiles siguientes a su publicación, la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC, debe enviar copia de la misma al jefe de la entidad para la cual se realizó el concurso de méritos para que dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al envío de la lista de elegibles y en estricto orden de mérito se produzca el nombramiento en período de prueba en el empleo objeto del concurso.
Expedido el acto administrativo de nombramiento, la entidad nominadora deberá comunicar el acto administrativo al elegible nombrado y este cuenta con diez (10) días hábiles para aceptar el nombramiento, una vez aceptado cuenta con diez (10) días hábiles para tomar posesión, este término podrá prorrogarse, por escrito, hasta por noventa días (90) hábiles más, si el designado no residiere en el lugar de ubicación del empleo, o por causa justificada a juicio de la autoridad nominadora, de conformidad con lo previsto en los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 648 de 2017
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