# # Analitica
Cuando una persona que ha sido nombrada no manifiesta la aceptación del nombramiento, no acepta o no toma posesión del empleo dentro de los plazos establecidos, la entidad debe derogar el nombramiento mediante acto administrativo, conforme a lo señalado en el numeral 1º del artículo 2.2.5.1.12 del Decreto 1083 de 2015.
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