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Bogotá, 16 de abril de 2022
La Secretaría Distrital de Hacienda (SDH) informa a los contribuyentes del régimen común bimestral del impuesto de Industria y Comercio y el complementario de avisos y tableros (ICA) que se modifica el plazo para el cumplimiento de las obligaciones del primer bimestre de 2022 (enero-febrero).
El nuevo vencimiento para declarar y pagar este impuesto será el 6 de mayo del año en curso, modificándose el plazo máximo anterior, fijado para el viernes de esta semana, 22 de abril.
Es importante recordar que la declaración del impuesto se debe hacer únicamente por la Oficina Virtual. En adelante, los contribuyentes pueden optar por realizar el pago de forma presencial en las entidades recaudadoras autorizadas o hacerlo de manera electrónica, a través de la Oficina Virtual. Si la declaración se presenta después del plazo máximo, el contribuyente deberá asumir la sanción por extemporaneidad y los correspondientes intereses moratorios.
Los contribuyentes de ICA pueden hacer los pagos electrónicos a través del botón de pago PSE o mediante tarjeta de crédito de las entidades bancarias que tengan convenio con la Secretaría de Hacienda (SDH). También se puede hacer, de manera presencial, en los bancos o corresponsales bancarios autorizados.
“Es recaudo por ICA en la ciudad alcanza a la fecha 1,35 billones de pesos, lo que representa una ejecución de la meta de recaudo anual del 30%”, destaca el secretario de Hacienda Juan Mauricio Ramírez.
El próximo vencimiento de ICA, correspondiente al período marzo-abril de la actual vigencia, será del 13 al 17 de junio de 2022, con fecha máxima para el viernes 17 del mismo mes.
Para más información consulte aquí la Resolución SDH-000152 del 13 de abril de 2022.
Para tener en cuenta
La Secretaría Distrital de Hacienda recomienda a sus contribuyentes del impuesto de Industria y Comercio (ICA) no olvidar el cambio reciente de tarifas, por actividad, según lo dispuesto en los acuerdos 780 de 2020 y 816 de 2021.
Actividades |
Tarifa 2022 (por mil) |
Fabricación de productos farmacéuticos, sustancias químicas medicinales y productos botánicos de uso farmacéutico. |
11,4 |
Consultoría profesional, servicios prestados por contratistas de construcción, constructores y urbanizadores. |
8,66 |
Servicios de consultoría en el ejercicio de una profesión liberal. |
7,66 |
Construcción de carreteras y vías de ferrocarril; Construcción de proyectos de servicio público; Construcción de otras obras de ingeniería civil. |
7,12 |
Actividades de telecomunicaciones alámbricas e inalámbricas. |
9,98 |
Actividades Financieras. |
14 |
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