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Esta semana vence el plazo para declarar y pagar ICA del sexto bimestre de 2021

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Feb 21, 2022
Atención a los plazos para declarar ICA régimen común, sexto bimestre 2021
Fuente: 
Secretaría Distrital de Hacienda
  • A partir del 21 de febrero, según el último dígito de identificación, los contribuyentes del régimen común bimestral de la vigencia anterior tendrán plazos escalonados para cumplir su obligación. La fecha máxima es el viernes 25 de febrero.

Bogotá, 21 de febrero de 2022

Entre el 21 y el 25 de febrero vence el plazo para pagar el sexto y último bimestre del impuesto de Industria y Comercio (ICA) del año gravable 2021, para los contribuyentes del régimen común que en el año 2020 declararon y pagaron un gravamen superior a 13.922.000 pesos (391 UVT).

Según el último dígito del documento de identificación, los responsables de esta obligación pueden realizar el proceso, correspondiente a los meses de noviembre y diciembre de 2021, de la siguiente manera: hasta el lunes 21 de febrero, los terminados en 0 y 1; martes 22 de febrero, 2 y 3; miércoles 23, 4 y 5; jueves 24, 6 y 7, y viernes 25, 8 y 9.

“Los vencimientos escalonados buscan facilitar al contribuyente su trámite, permitiendo descongestionar los canales virtuales destinados por la Entidad para tal fin. No obstante, quienes no puedan declarar en las fechas asignadas tienen plazo máximo para cumplir la obligación hasta este viernes 25 de febrero de 2022”, explica el secretario de Hacienda, Juan Mauricio Ramírez.

Es importante reiterar que la declaración se debe hacer únicamente por la Oficina Virtual, en https://oficinavirtual.shd.gov.co/OficinaVirtual/login.html. Para el pago, los contribuyentes pueden hacerlo de manera electrónica a través de la Oficina Virtual, mediante el botón de pagos PSE o con tarjeta de crédito de las entidades bancarias que tengan convenio con la Secretaría Distrital de Hacienda (SDH). O también, de forma presencial, en entidades autorizadas.

Si la declaración se presenta después de la fecha límite, el contribuyente deberá asumir la sanción por extemporaneidad y los correspondientes intereses moratorios.

 

 

Última actualización:: Miércoles, Mayo 11, 2022 - 12:29
Última actualización:: Miércoles, Mayo 11, 2022 - 12:29

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