# # Analitica
Bogotá, 16 de septiembre de 2022
Los agentes retenedores del impuesto de Industria y Comercio (ICA) que hayan practicado retenciones por este tributo durante el cuarto bimestre de 2022, deberán declarar y pagar su obligación entre el lunes 19 y el viernes 23 de septiembre, de acuerdo con el último dígito de identificación. Después de esa fecha, tendrán que asumir sanciones por extemporaneidad e intereses moratorios.
“Recordamos a los contribuyentes que, para descongestionar y agilizar sus procesos de declaración y pago del impuesto, sugerimos en la actual vigencia cumplir la obligación hasta la fecha correspondiente al número de identificación asignado en el calendario tributario. No obstante, cabe aclarar, se mantiene una fecha común límite para todos los agentes”, explica el secretario Distrital de Hacienda, Juan Mauricio Ramírez.
Para este cuarto bimestre, correspondiente a los meses de julio y agosto, los vencimientos de ReteICA estarán distribuidos así: los números de identificación finalizados en 0 y 1 tendrán plazo hasta el lunes 19 de septiembre; los terminados en 2 y 3, vencerán el martes 20; para 4 y 5, el último día es el miércoles 21; si el número finaliza en 6 o 7, el plazo irá hasta el jueves 22, y si el último dígito es 8 o 9, los contribuyentes deberán pagar a más tardar el viernes 23 de septiembre.
Es importante reiterar que los agentes retenedores que no alcancen a pagar su obligación en la fecha correspondiente, podrán hacerlo hasta el viernes 23 de septiembre, fecha máxima de pago oportuno para todos los dígitos.
Los próximos vencimientos del gravamen, correspondientes al quinto bimestre de 2022, serán del 21 al 25 de noviembre.
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