# # Analitica
Los predios de colegios, jardines infantiles y unidades de servicio de primera infancia (UDS) del ICBF, de propiedad de particulares, tendrán exenciones parciales del impuesto Predial en 2021, en porcentajes que oscilan del 30% al 80% según el estrato de población predominante que atienden.
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Afectados por ola invernal y bienes de interés cultural deben declarar predial |
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Niñas y niños de Usme tienen un nuevo Jardín Acunar |
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Desde ya y hasta el 8 de julio, se deberá reportar toda la información relacionada con valores de compra, compradores y total de ingresos a la Administración Distrital, proceso más conocido como Reporte de Información en Medios Magnéticos. Esta es una obligación que tienen las personas naturales comerciantes, personas jurídicas, agentes de retención de industria y comercio, entidades públicas del orden nacional y distrital, entre otras, definidos en la Resolución No. DDI-025514 de 2014. La información requerida por la Administración Distrital se utilizará para procesos de control y mejoramiento de información del Impuesto de Industria y Comercio (ICA). El reporte de información correspondiente a 2013 se debe presentar desde ya, y antes de las siguientes fechas, de acuerdo con el último dígito del NIT o de la cédula de ciudadanía así:
Para cumplir con esta obligación se ha dispuesto en www.haciendabogota.gov.co de un validador que permite cargar directamente los archivos requeridos por la Resolución, obtener un comprobante de esta operación y encontrar toda la información necesaria para realizar oportunamente el reporte.
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