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Exenciones del impuesto Predial en 2021 para colegios, jardines y UDS

Los predios de colegios, jardines infantiles y unidades de servicio de primera infancia (UDS) del ICBF, de propiedad de particulares, tendrán exenciones parciales del impuesto Predial en 2021, en porcentajes que oscilan del 30% al 80% según el estrato de población predominante que atienden.

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Afectados por ola invernal y bienes de interés cultural deben declarar predial

Encabezado Hacienda cuenta No.16
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Afectados por ola invernal y bienes de interés cultural deben declarar predial
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Los propietarios de predios afectados por la ola invernal de Bosa y Kennedy y de bienes de interés cultural residencial deben pagar su impuesto predial hasta el próximo viernes 20 de junio, para evitar sanciones.

Aunque hay una norma que establece exenciones para estos contribuyentes, esta no los exime de su obligación de declarar en cero -en el caso de los primeros- y de declarar y pagar el valor parcial que les corresponde, a los segundos.

De no realizar oportunamente su declaración, la norma establece sanciones que van desde 123 mil pesos para los predios localizados en los estratos 1, 2, 3 y 4, y de 164 mil pesos para el resto de predios. A esto se suman los intereses por mora después del 21 de junio próximo.

Esta declaración debe hacerse de la siguiente manera:

  • Predios afectados por la ola invernal. Corresponden a propietarios de los inmuebles damnificados en 2011, quienes tienen cinco años de exención, de los cuales van en el tercer año.
  • Bienes de interés cultural. Hace referencia a bienes que hayan sido declarados inmuebles de interés cultural en las categorías de conservación monumental, integral o tipológica, los cuales tienen derecho a un porcentaje de exención según el Acuerdo 426 del 29 de diciembre de 2009. Su exención es parcial, por lo cual deben declarar la exención parcial y pagar el resto del valor del impuesto que no está exento.
Última actualización:: Martes, Julio 22, 2014 - 10:30
Miércoles 3 de Julio del 2024