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Exenciones del impuesto Predial en 2021 para colegios, jardines y UDS

Los predios de colegios, jardines infantiles y unidades de servicio de primera infancia (UDS) del ICBF, de propiedad de particulares, tendrán exenciones parciales del impuesto Predial en 2021, en porcentajes que oscilan del 30% al 80% según el estrato de población predominante que atienden.

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El 19 de septiembre vence el ICA del cuarto bimestre de 2014

Encabezado Hacienda Cuenta No. 18
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El 19 de septiembre vence el ICA del cuarto bimestre 2014
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El 19 de septiembre vence el ICA del cuarto bimestre de 2014

Los grandes y medianos empresarios de Bogotá, pertenecientes al régimen común del Impuesto de Industria y Comercio (ICA), deben pagarlo cada dos meses. El próximo 19 de septiembre se vence el plazo para cancelar el bimestre julio-agosto de 2014. Recuerde pagar a tiempo y evite las sanciones e intereses de mora.

Con el fin de orientar a los contribuyentes que aún tienen dudas sobre su actividad económica, y para facilitar el diligenciamiento adecuado de la declaración en línea, la Secretaría Distrital de Hacienda (SDH), tiene habilitada en su página web www.haciendabogota.gov.co, la nueva tabla de los códigos CIIU. Además, coloca a disposición de las personas herramientas tecnológicas como el chat tributario para que puedan solucionar todas las dudas relacionadas con el impuesto.

Cuando un contribuyente no paga el impuesto en la fecha establecida, a partir del siguiente día tiene una sanción y cancela además intereses de mora. La sanción mínima es de $164.000 para los contribuyentes de ICA, y de $275.000 para aquellos que practiquen retenciones.

Según cifras de la Dirección de Impuestos de Bogotá a julio de 2014, la ciudad ha recibido por concepto de de ICA en el presente año 1,8 billones de pesos. Es decir, el recaudo de ICA ha tenido un crecimiento de 2% en comparación al 2013. El número de contribuyentes que han declarado este año a julio de 2014 son 151.555.

Un poco de historia

La base para el cobro del impuesto de Industria y Comercio, ICA, son las actividades económicas, industriales, comerciales, de servicios y financieras, las cuales exigieron la necesidad de clasificarlas según normas internacionales elaboradas por la Organización de las Naciones Unidas, ONU, y adaptada por el DANE, en una tabla de códigos CIIU, la que se constituyó en una inmejorable herramienta para clasificar las actividades económicas en el país y asumidas en Bogotá.

En 1998 se estableció una clasificación de actividades económicas para el cobro del impuesto ICA. En 1999 se modifica parcialmente la descripción de algunos códigos de actividades, se eliminan y se crean otros. En 2002 se establecen nuevas tarifas para el impuesto de Industria y Comercio incluyendo las financieras. En 2003 establece modificaciones en la tarifa del ICA para las actividades de edición y publicación de libros.

 

Última actualización:: Jueves, Septiembre 18, 2014 - 11:30
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